La medida fue oficializada a través del Boletín Oficial publicado hoy, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
La decisión administrativa establece que a partir del viernes 18 de junio "en las salas de teatros y de espectáculos culturales se permite un 50 por ciento de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30 por ciento de aforo, con expendio de golosinas y bebidas, el que podrá ser aumentado conforme la situación epidemiológica y de conformidad con los protocolos vigentes".
Además, las personas afectadas al desarrollo de dichas actividades deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19, en tanto que el público asistente deberá "acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó". Los espectadores deberán someterse a un control de temperatura en el ingreso y concurrir con tapabocas.
En los considerandos, se señala que para afrontar la pandemia "se establecieron una serie de medidas generales de prevención y disposiciones temporarias, locales y focalizadas de contención, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 25 de junio de 2021, inclusive".
Asimismo, se quedaron habilitadas las ceremonias religiosas en iglesias y lugares cerrados que podrán realizarse respetando, como máximo, un aforo del 30 por ciento en zonas de alarma y de alto riesgo epidemiológico y sanitario.