La nueva legislación que se sancionó en febrero y comenzó a regir desde el pasado sábado, obliga a las cadenas y grandes supermercados a reacomodar los espacios de venta y a diversificar la oferta de productos de consumo masivo, incrementar la participación de pymes y de esta manera llevar los precios a la baja.
La ley que comenzó a aplicarse el último fin de semana en los supermercados de más de 800 metros cuadrados brindará mayor espacios de exposición a los artículos de los pequeños y medianos productores. Por ejemplo, una marca líder que antes ocupaba cinco modulares de una góndola, hoy solo puede estar en dos, ampliando así la diversidad de proveedores y tipo de precios.
De acuerdo al texto, los productos de una determinada marca no pueden superar el 30% del espacio disponible en un sector y tiene que haber, al menos, un 50% de productos producidos por Pymes en todos los puntos de exhibición del local. Asimismo, establece que un 5% de los espacios de exposición deberá estar reservado para productos de los sectores de la economía popular y cada supermercado tiene que ofrecer un mínimo de cinco proveedores de un mismo producto.
A su vez, los productos más económicos deberán estar ubicados en el primero o segundo estante de cada góndola. Estas medidas se aplican tanto en las góndolas como en las islas que están distribuidas en los supermercados. Además de ampliar la oferta, la Ley de Góndola busca claridad para el consumidor y obliga a los supermercados a poner carteles en los espacios de venta que indiquen cuál es el producto más barato distinguido por kilo, litro o la unidad de medida que se establezca para cada categoría.
Entre las cosas que cambiarán a partir de la aplicación de esta nueva norma, que se aplicará de manera paulatina hay siete puntos básicos:
*Habrá un máximo del 30% del espacio de venta físico o virtual para una categoría de producto por proveedor,
*Exige que haya al menos cinco proveedores de distintos grupos empresarios; y que las micro y pequeñas empresas cuenten al menos un 25% del espacio de venta por cada categoría de productos.
*Estipula que las cooperativas, mutuales, empresas de la agricultura familiar y economía popular tengan al menos un 5% de espacio.
*En los exhibidores que están al lado de las cajas del supermercado, la mitad del espacio tiene que destinarse a micro y pequeñas empresas, mutuales y cooperativas.
*La Secretaría de Comercio Interior, la autoridad de aplicación, podrá fijar además un porcentaje máximo de espacio de venta para los productos importados por cada categoría.
* En todos los comercios alcanzados por la Ley de Góndolas, de señalizar con una cartelería destacada el producto de menor precio por unidad de medida.
* La lista de productos, considerados esenciales, abarcados por la ley está compuesta por: leches fresca y larga vida, manteca, queso crema, yogur bebible y no bebible, tapas para tarta y empanadas, mayonesa, conserva de tomate en puré y en lata, pastas secas, arroz, harina de maíz, aceite de girasol, pan rallado y rebozadores.
También se incluyen harina de trigo, panes envasados, galletitas de agua, yerba mate, mermeladas, dulces y jaleas, dulce de leche, azúcar blanca, agua sin gas, desodorantes y antitranspirantes, jabón de tocador, champú, acondicionador, algodones, cremas dentales, pañales infantiles y para adultos. Del mismo modo, contiene productos de gestión menstrual, jabón líquido, en polvo y suavizantes para ropa, lavandina líquida (excepto para ropa), detergente, limpiadores para pisos, repelente, papel higiénico y rollos de cocina.