Finalmente, y a pesar de la marcha de sus colegas del último jueves a la Jefatura Distrital de Inspecciones, su titular, Eva Corbalan, y la Inspectora de Nivel Inicial, Marcelo Barrios, decidieron aplicarle el articulo 139 a la vicedirectora del Jardín N°902 del Barrio Buen Pastor denunciada por una madre de haberle tirado el pelo a su hija.
Durante la mañana del jueves pasado, un grupo de docentes, acompañadas por auxiliares y representantes de gremios de la educación se juntaron en la Plaza San Martín para marchar hasta la Jefatura Distrital de Inspecciones. El objetivo era visibilizar el descontento porque se trataba de una "acusación infundada". Las manifestantes solicitaron que no se aplique un castigo contra la colega.
En la reunión con un grupo de representantes que le acercaron un petitorio a la funcionaria, Barrios le trasmitió a los docentes que todavía no estaba decidido el futuro de la vicedirectora y que por el momento no se le aplicaría el artículo 139.
La novedad trascendió este lunes, cuando la maestra denunciada envió un mensaje al grupo de padres de los alumnos que tiene a su cargo. “Bueno querido grupo sólo decirles que debo sortear un obstáculo más en mi vida, pero no me verán destruida porque sé que al final la verdad siempre sale a la luz. Ya me aplicaron el artículo 139 y cumpliré mi trabajo en jefatura distrital. Gracias por creer en mi y estar junto a mi, conserven la calma y estén muy unidos”, escribió.
Aunque no es oficial el futuro laboral de la maestra, fuentes cercanas informaron que cumplirá funciones administrativas en la Jafatura Distrital de Inspecciones
¿Qué dice el artículo N°139?
“ARTICULO Nº139: Cuando a un docente se le impute la comisión de faltas o hechos que configuren presuntivamente faltas graves, la Dirección docente correspondiente procederá a una investigación a efectos de resolver sobre la conveniencia o no del pedido de instrucción del sumario a la Subsecretaria de Educación. Si por la naturaleza y gravedad de los hechos fuese inconveniente la permanencia en el desempeño del cargo por parte del presunto imputado el funcionario actuante podrá relevarlo transitoriamente de sus funciones, debiendo dar cuenta de ello a la rama técnica correspondiente dentro de las cuarenta y ocho (48) horas.
La reglamentación establecerá las normas de procedimientos".