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Nueve aprehendidos por circular sin permiso en el primer día de las nuevas restricciones

Publicado el Domingo, 23 Mayo 2021 13:49
Cuatro de los aprehendidos por desobedecer las restricciones. Cuatro de los aprehendidos por desobedecer las restricciones.

Este sábado, la policía demoró a casi una decena de personas que después de las 18 horas, permanecían en la vía pública sin motivos ni documentación.

Esas aprehensiones fueron realizadas en el marco de las restricciones dispuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) presidencial, en los operativos llevados a cabo, durante el primer día del nuevo confinamiento, en el casco urbano de Cañuelas y en el ámbito de los Destacamentos dependientes de la Comisaría 1°, a cargo del comisario Miguel Endara.

Entre los demorados se encuentran un adolescente de 18 años, con domicilio en Laferrere ; un chofer de 24 años, del barrio Los Aromos y dos estudiantes de 18 y 19 años, todos ellos interceptados en Av. Libertad y Ruta 205.

También fueron demorados un changarín de 32 años, domiciliado en Antártida Argentina al 1100, que ingresaba a las 22:45 por Uruguay y Ruta 205 sin autorización; un albañil de 32 años, oriundo de Lobos, que fue interceptado en Moreno y 9 de Julio; dos jóvenes de 24 y 25 años que transitaban por Del Carmen y 1° de Noviembre a las 00:45; y un joven de 27 años, radicado en San Esteban, que a las 19:30 circulaba por las calles de Los Pozos.

A todos ellos se les realizó un acta compromisoria y recuperaron la libertad a la brevedad. Las autoridades dejaron en claro que para circular de 18 a 6 hay que llevar consigo el permiso para circular, y en caso de que estén acudiendo a retirar un pedido gastronómico presentar un comprobante, un ticket o una confirmación de la compra emitida por el local.

La resolución del Gobierno nacional afirma que "cuando se constate la existencia de infracción DNU presidencial o de otras normas dispuestas para la protección de la salud pública en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, se procederá a hacer cesar la conducta infractora y se dará actuación a la autoridad competente, en el marco de los artículos 205, 239 y concordantes del Código Penal".

El artículo 205 del Código Penal estipula que será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia". Mientras que el artículo 239 del Código Penal establece que será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal .

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