Los cambios en el decreto 779/95 hacen mención a la desregulación del transporte automotor. Entre las modificaciones más resonantes, se dio a conocer la modernización en el trámite para renovar la licencia nacional de conductor.
Aquellos que tengan que renovar en las categorías A, B y G, lo podrán hacer en formato digital. Esto también abarca a motos y maquinaria agrícola en todo el país.
Cada persona podrá iniciar el proceso de manera remota para la precarga de documentación y el envío de certificados de aptitud psicofísica (debe ser realizada por un profesional registrado).
Aquellos individuos de entre 21 y 65 años tendrán una vigencia de cinco años en todas las categorías. Mientras que los menores de 21 sólo podrán acceder a las clases A, B y G. Los mayores a 65 deberán revalidar la licencia cada tres años y a partir de los 70, la renovación se hará todos los años.
Atención, todas aquellas personas que deseen realizar el trámite en la dependencia correspondiente al domicilio, podrán hacerlo. En este caso, también recibirán el carnet físico.
Aquellos que hagan el curso por primera vez, dentro del marco teórico se abordarán nuevas temáticas sobre motos y camiones. Deberán circular con un cartel que identifique su condición y si cometen faltas graves en los primeros dos años se suspenderá la licencia (en esta ocasión, tienen que rendir el examen completo).
En tanto, aquellos conductores que hayan cometido cinco infracciones graves (o más), deberán rendir los exámenes para la renovación.
Por otra parte, se informó que el país adoptará una certificación en los cascos de motociclistas. La misma cuenta con un estándar de seguridad reconocido en todo el mundo, puntualmente en la absorción de impactos.