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Información e intimidad: ¿Cuál es el punto medio entre estos derechos?

Publicado el Domingo, 07 Marzo 2021 19:04
Imagen Ilustrativa. Imagen Ilustrativa.

Dar a conocer o no los datos personales de los vacunados se transformó en uno de los debates más polémicos de las últimas semanas. Matías Rodríguez, abogado especialista en Derecho Administrativo y Tributario, habló con NacPop sobre los contrapuntos que implica la divulgación de los datos personales de los ciudadanos y el accionar del Ministerio de Salud.

 

La manipulación de la información pública es el punto principal de las últimas semanas en el país tras el escándalo mediático de lo que fue bautizado como "Vacunación Vip".

Matías Rodríguez es uno de los responsables del documento publicado: "El límite al derecho de acceso a la información, es no afectar el derecho a intimidad", donde se ponía en cuestión la limitación del derecho a la información sobre el derecho a la intimidad y los puntos clave a tener en cuenta sobre este tema.

Este viernes, el letrado habló en la FM88.1 y profundizó el tema: "Si yo tengo libertad de tránsito, como todos tenemos, ¿lo considero como derecho absoluto? Entonces agarro un auto y paso por arriba de una plaza atravesando la vereda... esto no se puede hacer, ¿por qué? Porque el Estado me limita a circular con mi vehículo por la calle, para que por la acera pasen peatones y por la plaza disfrute gente que quiera aprovechar el espacio público. Entonces no perdí mi derecho a circular, a transitar libremente, pero si lo delimitaron en función a la convivencia, al interés general. Con el derecho a la información pasa lo mismo, acá aparentemente se vería un choque de dos derechos: el derecho a la información que tenemos todos, que es un derecho constitucional y convencional, y está protegido de las convenciones que el país firmó con países extranjeros, contra o versus el derecho a la intimidad".

"El derecho de la información también se puede limitar, se puede regular como todos los derechos, que uno de los límites que encuentra este derecho a la información es que no invada el derecho a la intimidad, que es el derecho que tenemos todos a tener una vida privada fuera del espectáculo público, fuera de la vida comunitaria", agregó.

"Los derechos, todos, no son absolutos, sino que son sujetos a una limitación. El Estado puede limitarlos en función a la convivencia”, aseguró el abogado.

En cuanto al artículo que publicó en conjunto con Dr. Jonatan Benítez, abogado especialista en Derecho Constitucional y Administrativo, en esta semana el Ministerio de Salud dio una aclaración de términos a través de una nueva resolución.

La resolución 712/2021 “dice es que ya estaban habilitados a vacunarse el personal esencial, los grupos de riesgo, pero además el personal estratégico”.

"Es una buena resolución para que la transparencia se pueda plasmar sin invadir y sin sentar el precedente de que una pandemia amerita la invasión a la intimidad porque después la analogía en el derecho corre, entonces hoy por la pandemia, mañana es por interés político y pasado no sabemos. Entonces es importante que esta excepción se resalte. ¿Se puede hacer? Sí, con expresa autorización del solicitante de la vacuna”.

 

Lee las principales declaraciones y escuchá el audio:

-"En principio, solo el Estado podría decir un nombre y apellido, un DNI, si se vacuna o no. Esto creo que a ninguno de nosotros nos representa un dato relevante, porque ¿a quién le importa un nombre y apellido, un número de documento y si se vacuno o no? Salvo que tenga malas intenciones y que quiera usar la información de forma maliciosa, y te cito un ejemplo muy puntual que se dio en la realidad y muchas veces un ejemplo, dicen los españoles, 'para una muestra sobra un botón'. Había una persona en un hospital en La Plata cuyo apellido era Kicillof, se llamaba Leandro Kicillof. Surgió en muchos medios que el primo de Axel Kicillof se había vacunado en la Vacunación Vip, a esta persona la injuriaron y le bloquearon las redes sociales con un montón de comentarios que afectaban su honor. Cuestión que esta persona no tenía nada que ver con el gobernador de la provincia, era un trabajador esencial que trabaja en un hospital, un hospital de agudos, y se vacunó por su rol esencial, nada que ver con el gobernador de la provincia. Entonces el problema que podría surgir es el peligro potencial que surge de publicar sólo esos datos, no te aporta mayor información y potencialmente es más peligroso para quien sufre la invasión que beneficioso para quien recibe la información incompleta, porque otra información no podría dar".

-“Creo que el Ministerio de Salud de la Nación lo resolvió muy bien teniendo en cuenta que es importante en este marco que la información se transparente, hay convenciones internacionales que el país firma para que la administración pública sea lo más transparente que se pueda”.

-“El Ministerio de Salud dijo que hay una categoría de personal estratégico, este personal estratégico es un personal esencial para el funcionamiento del Poder Ejecutivo, entonces este personal tiene que vacunarse porque el Estado tiene que seguir funcionando".

-“Lo que plantea la ministra de Salud es lo siguiente: va a haber un sistema, un procedimiento de autorizaciones y declaraciones jurada en donde el funcionario que se considere estratégico solicitará al Ministerio de Salud autorización, en compensación mediante la declaración jurada en la que especifica cuáles son sus funciones, cuál es el rol estratégico que cumple, el ministerio autorizará o no, pero en esta declaración jurada hay un punto central que es una autorización expresa a que esos datos se den a conocer al público y a cualquiera que lo solicite”.

-“La única forma de que el Estado, todos nosotros, podamos entrar en la intimidad de una persona, sino que el ingresado expresamente autoriza para que se dé a conocer esta información”.

-“Es tan importante el derecho a la intimidad que en la reforma constitucional del 94' los constituyentes incluyeron el artículo 43, tercer párrafo, el habeas data, esta acción que es una especie de amparo que tiene el afectado para reclamar que se detengan con esta actitud de invasión a la intimidad, entonces quien se viera afectado podría reclamar al Estado”.

-“El Estado tiene que ser el principal garante de los derechos constitucionales y convencionales, entonces: ¿podría haber sido la oposición que publique el listado? Si lo ponemos en este contexto podría haber pasado".

-“El Estado o el Municipio se arriesgar o, podría, estar bajo la órbita de una ilegalidad, porque si esta persona a quien sus datos son publicados no consintió, pongo este ejemplo, puede pasar que la persona que se vacuna tenga un documento 40 millones, cualquiera puede inferir que 40 millones es alrededor de 30 años, y ahí empiezan las suspicacias. ¿porqué alguien de 30 años se vacuna? Seguramente el hijo de un político, seguramente es de La Cámpora, seguramente... las cosas que se dicen. No obstante, esta puede ser una persona que tiene una enfermedad terminal o una enfermedad muy grave que producto de esta caza de brujas termina saliendo a la luz. Entonces ese es el riesgo que se corre, que la información puede llegar a malas manos, a malintencionados usos, violando el derecho a la privacidad de una persona cuando no es lo relevante".

-“Hay una concepción que se fue repitiendo en el tiempo y que está equivocada, que se caracterizan al Ejecutivo, al Legislativo y al Judicial como tres poderes, pero en realidad el poder es uno solo que se divide en tres funciones. Entonces si una de las funciones falla, el poder se trastoca; es uno solo el poder pero requiere de tres funciones esenciales que tienen que manejarse con un sistema de pesos y contrapesos. Hoy como está la justicia tan debatida, corremos el riesgo de tener un poder que se sobredimensiona, la hipertrofia, que tiene una función que se hipertrofia, que tiene una permanencia impensada para los otros dos poderes, porque cuando el ejecutivo como legislativo tienen una fecha de vencimiento, una fecha de caducidad que se renovará o no, pero tiene una especie de fecha contra una función que es eterna en apariencia, por lo menos en cantidad de años, entonces si nos volvemos a encontrar ese equilibrio es muy difícil que se pueda llevar adelante una gobernabilidad. Porque toda ley, toda resolución, toda gestión que se intente, termina antes o después sometida al escrutinio de la justicia, si la justicia no pone su función en pos de la gobernabilidad, del interés común, es muy difícil seguir adelante”.

-“Creo que es un debate que tenemos que darnos, esto de la reforma judicial, del alcance del mandato de los jueces, de la forma de removerlo en la forma de elegirlos, porque corre peligro, te cito el último ejemplo que te doy, bien para atrás, en la Revolución Francesa tal era la desconfianza que había en los jueces, que se hizo una justicia paralela. Entonces tenemos que tratar de integrar esa función que es esencial, yo como abogado te lo puedo decir, es esencial la función que cumple; en el caso que tratábamos del respeto a los derechos a la intimidad, la última palabra, la última garantía la dará un juez, no obstante, hay un montón de cuestiones que como sociedad nos tenemos que dar la oportunidad tratar”.

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