Este miércoles en horas de la mañana se volvieron a reunir las autoridades del Concejo Deliberante y los bloques del Frente de Todos y Juntos por el Cambio. Los representantes de ambos sectores discutieron sobre la vuelta o no de las sesiones en el HCD local, suspendidas por la Pandemia del Coronavirus.
Juntos por el Cambio presentó un proyecto solicitando legislar mediante reuniones de comisión y las sesiones por teleconferencia. Según le confiaron a NacPop, la reunión tuvo pasajes de tensión, pero el oficialismo no dio el brazo a torcer y solo se mostró flexible a que la Comisión de Salud (funciona por teleconferencia) se pueda reunir en formato ampliado.
La postura intransigente del Frente de Todos cayó mal en sus pares del HCD, que inmediatamente concluida la reunión tenían decidido emitir un duro comunicado para dejar en claro su posición en torno a la suspensión de las sesiones. En horas de la tarde hicieron pública su posición y, paralelamente, elevaron el proyecto que no tuvo lugar en la mañana de este miércoles.
El comunicado completo:
Bloque de Concejales Juntos por el Cambio:
En el día de la fecha, presentamos mediante nuestro presidente, un proyecto de decreto a la comisión de labor parlamentaria, con el objeto de reanudar el funcionamiento habitual del Concejo Deliberante, sin vulnerar las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio, dictaminadas por el gobierno nacional, provincial y municipal, en el marco de la pandemia covid-19 que sufre nuestro país.
El proyecto busca reglamentar la utilización de las herramientas tecnológicas de video conferencia, para la realización de las distintas comisiones de trabajo del Concejo, como así también de las sesiones legislativas.
Si bien la comisión de salud ya sesiona mediante estas herramientas, y contamos con el ejemplo más cercano en el Consejo Escolar de Cañuelas, que lleva adelante tanto las comisiones, como las sesiones mediante video conferencia, este recurso aún no se utiliza para el trabajo habitual del Cuerpo Legislativo local, y no encontramos explicación lógica al respecto del por qué.
El sistema republicano descansa sobre la división de poderes y sobre el funcionamiento pleno de cada uno de esos poderes. El poder legislativo es el que cuenta con la representación total de la ciudadanía, mediante el sistema de representación de mayorías y minorías, y es el encargado de legislar, además de controlar al poder ejecutivo.
El no funcionamiento pleno de este poder del estado atenta contra el concepto de república, y conlleva un desequilibrio institucional totalmente injustificado, cuando se cuentan con las herramientas necesarias para que esto no suceda.
Actuemos con responsabilidad institucional, y pongamos en marcha al Concejo Deliberante de Cañuelas.
El ARTICULADO DEL PROYECTO:
ARTÌCULO 1º: El presente Decreto se dicta en el marco de la emergencia sanitaria dictada por el gobierno nacional mediante el Decreto (PEN) N° 260/2020 y por el Gobierno Provincial mediante Decreto N° 132/2020, como consecuencia de la pandemia por el nuevo coronavirus COVID-19 declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
ARTÌCULO 2º: En el marco indicado en el artículo precedente, el presente Decreto tiene por objeto dar cumplimiento, en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante, a las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas en el Decreto (PEN) N° 297/2020, con sus modificaciones y demás normas complementarias y al mismo tiempo, asegurar la continuidad del funcionamiento del mismo y la adopción de todas las disposiciones que sean de su competencia.
ARTÌCULO 3º:Para el trámite de los expedientes en el Honorable Concejo Deliberante durante la vigencia de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas por el Decreto (PEN) N° 297/2020, se seguirán las siguientes indicaciones
a) La Secretaría de este Honorable Cuerpo procurará digitalizar toda la documentación que tenga ingreso durante este período. En el caso de los expedientes ingresados con anterioridad a la fecha del presente Decreto y que estuvieren en tratamiento por parte de las Comisiones Internas, la Secretaría procederá –en la medida de sus posibilidades– a la digitalización de aquellos que fueren requeridos por los concejales, mediante solicitud efectuada por medio de la Presidencia de la comisión respectiva.
b) La documentación digitalizada será remitida a cada uno de los concejales a la dirección de correo electrónico que estos hubieren declarado, y en la misma comunicación se notificará a qué comisión o comisiones hubiere la Presidencia remitido el expediente.
ARTÌCULO 4º: Establézcase las siguientes pautas para el funcionamiento de las Comisiones Internas del Honorable Concejo Deliberante durante la vigencia de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas por el Decreto (PEN) N° 297/2020:
a) Las Comisiones Internas podrán ser habilitadas para reuniones no presenciales, de manera remota, mediante plataformas virtuales de videoconferencia u otros sistemas tecnológicos adecuados que permitan su desarrollo de manera remota.
b) En caso de producir uno o más dictámenes, estos serán remitidos por vía electrónica a la Secretaría del Honorable Cuerpo.
c) Estará a cargo del Presidente de cada Comisión Interna garantizar la debida notificación a cada integrante de la misma sobre la fecha, el horario y el lugar o medio en que se desarrolle cada reunión.
ARTÌCULO 5º: Durante la vigencia de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas por el Decreto (PEN) N° 297/2020, las sesiones del Honorable Concejo Deliberante podrán desarrollarse de manera remota, mediante plataformas virtuales de videoconferencia u otros sistemas tecnológicos adecuados que permitan el desarrollo normal de las reuniones. A tales efectos, se autorizara a la Presidencia del Honorable Cuerpo a implementar los medios electrónicos necesarios para garantizar el cumplimiento de las respectivas normativas reglamentarias, adecuadas a la modalidad virtual.
ARTÌCULO 6º: Las disposiciones contenidas en el presente Decreto serán de aplicación excepcional y solo en el marco descripto en el artículo 1° y se mantienen vigentes las normas contenidas en el Reglamento Interno de este Honorable Concejo Deliberante, a excepción de aquellas que impliquen vulnerar el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto por el Decreto (PEN) N° 297/2020.
ARTÌCULO 7º: Disponer durante la vigencia de las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuestas por el Decreto (PEN) N° 297/2020, que la Comisión de Labor Parlamentaria mantenga al menos una (1) reunión semanal, realizada según las previsiones del artículo 4° del presente Decreto, en dicha reunión, que se desarrollará preferentemente los días viernes, donde se planificaran las tareas a realizar en el Honorable Cuerpo durante la semana y evaluar las actividades de las Comisiones.
ARTÌCULO 8: Autorizar a la Presidencia del Honorable Concejo Deliberante a realizar las erogaciones que estimare pertinentes para la implementación del presente Decreto, y a efectuar las adecuaciones presupuestarias necesarias para ello.